


Trámites en materia laboral
Afiliación y alta del trabajador en el Régimen General de la Seguridad SocialEl empresario o el representante legal de la empresa, está obligado a afiliar a los trabajadores que ingresen a su servicio incluidos en el régimen general que no hubieran estado afiliados al sistema de la Seguridad Social con anterioridad. Del mismo modo, está obligado a darlos de alta en la Seguridad Social.
El número de afiliación asignado al trabajador será válido para toda la vida y para todo el sistema de la Seguridad Social, por lo que cuando una empresa contrate a un trabajador que ya esté en posesión del número de afiliación (plasmado en la Tarjeta de la seguridad Social que se entrega al trabajador al afiliarse), no se le volverá a afiliar, sino que sólo tendrá que darlo de alta en la empresa.
Documentación necesaria para Filiación
Documentación necesaria para Alta:
Federación Andaluza de Autónomos CEAT-Andalucía C/Arquímedes, 2. Isla de la Cartuja. 41092 Sevilla
Teléfono: 954 46 00 96 - Fax: 954 46 00 97
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